Acoso sexual y el hostigamiento laboral en Chile ¿Cuál es la diferencia?

Ambas están penalizadas por ley y buscan garantizar el respeto y la dignidad en el trabajo

El acoso sexual y el hostigamiento laboral, dos formas de comportamiento inapropiado en el entorno laboral según el Código del Trabajo, pero es importante destacar que existen diferencias significativas entre ambos conceptos.

 En Chile, se han establecido marcos legales que buscan prevenir y sancionar estas conductas, con el objetivo de garantizar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso para todos los empleados y empleadas.

Acoso sexual

De la ley 20.005 se desprende que el acoso sexual son acciones no deseadas de naturaleza sexual que ocurren en el contexto laboral. Se considera como tal los comentarios ofensivos, insinuaciones sexuales, tocamientos indeseados, propuestas incómodas o cualquier otra forma de acoso de carácter sexual.

Este concepto es una forma de discriminación de género, y puede ser perpetrado por personas de cualquier sexo hacia otra persona.

Hostigamiento Laboral

Por otro lado, el hostigamiento laboral o acoso laboral, como consigna el artículo 2 del Código del Trabajo, se refiere a una serie de conductas ofensivas, crueles o humillantes que se dirigen hacia un trabajador de manera reiterada y prolongada en el tiempo.

Dentro de las acciones tipificadas se pueden incluir insultos, burlas, intimidaciones, exclusiones deliberadas, guardar tareas humillantes o cualquier otra acción que genere un ambiente laboral negativo.

¿Cuál es la diferencia?

Según la Dirección del Trabajo, a diferencia del acoso sexual, el hostigamiento laboral no está relacionado con el género y puede ser ejercido por compañeros de trabajo, superiores jerárquicos u otras personas en la organización.

En Chile, tanto el acoso sexual como el hostigamiento laboral están penados, por lo que existen procedimientos para denunciar estas conductas, proteger a las víctimas de represalias y busca establecer sanciones para los responsables.

En resumen, el acoso sexual se centra en conductas de naturaleza sexual no deseadas, mientras que el hostigamiento laboral abarca un espectro más amplio de conductas ofensivas. Ambos son ilegales en Chile y significó en materia de derecho laborales para garantizar el respeto y la dignidad en el trabajo.