Los empleadores deben revisar las reglas laborales que aplican durante los feriados irrenunciables y el pago de beneficios como el aguinaldo.
Este 2026, los días 18 y 19 de septiembre serán feriados obligatorios e irrenunciables para la mayoría de los trabajadores del comercio.
La normativa establece horarios específicos para el inicio y término del descanso, junto con algunas excepciones según el tipo de establecimiento.
A esto se suma la entrega del aguinaldo de Fiestas Patrias, beneficio que puede convertirse en un derecho adquirido cuando se cumplen determinadas condiciones.
¿Cuándo comienza el descanso del comercio?
De acuerdo con la Dirección del Trabajo, el descanso debe comenzar, a más tardar, a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y el período se extenderá hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre.
Esto significa que los establecimientos deben organizar sus jornadas considerando ese período de descanso obligatorio. Sin embargo, que el límite sea a las 21:00 horas no significa que todos los locales deban atender público hasta esa hora.
Los empleadores pueden establecer un cierre anticipado para permitir que sus trabajadores terminen sus labores dentro del horario correspondiente.
¿Todos los trabajadores deben descansar?
Los feriados del 18 y 19 de septiembre aplican principalmente a quienes trabajan en actividades comerciales incluidas en la normativa.
Existen excepciones para sectores como restaurantes, cines, espectáculos en vivo, pubs y casinos. También pueden funcionar las estaciones de servicio y determinadas farmacias de urgencia o que cumplen turnos establecidos por la autoridad sanitaria.
Las tiendas de conveniencia asociadas a servicentros también tienen condiciones específicas para operar durante estos días.
Además, los pequeños negocios atendidos directamente por sus propietarios o familiares directos están excluidos del descanso obligatorio.
Los trabajadores que pertenecen a actividades exceptuadas tienen, de todas formas, derecho a descansar estos feriados al menos una vez cada dos años con el mismo empleador. Por eso, la planificación de turnos debe considerar este descanso bianual cuando corresponda.
¿Qué ocurre con el aguinaldo de Fiestas Patrias?
En el sector privado, el aguinaldo de Fiestas Patrias no constituye un beneficio obligatorio para todos los trabajadores.
La situación cambia cuando el beneficio está establecido en el contrato individual o colectivo, o cuando existe una práctica reiterada. En este último caso, puede configurarse una cláusula tácita y convertirse en un derecho que el empleador debe respetar.
La revisión debe considerar cómo se ha entregado el beneficio durante los años anteriores y cuáles han sido las condiciones acordadas. Por eso, antes de modificar el monto, la modalidad o incluso eliminar un aguinaldo habitual, conviene revisar los antecedentes laborales.
El cumplimiento de estas reglas permite a las empresas organizar sus jornadas y beneficios con anticipación, evitando errores durante uno de los períodos laborales más importantes del año.
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