Las empresas cumplen con obligaciones tributarias, y para eso es muy importante saber a cuál régimen tributario pertenecemos y cómo funciona.
Tener una empresa requiere de muchas responsabilidades, y una de las más importantes es tributar y cumplir con los requerimientos del SII. Sin embargo, muchas veces no hay una guía clara de cómo pagar estos impuestos.
Para eso, es muy importante saber qué son los regímenes tributarios a los que cada contribuyente pertenece y cómo funcionan, considerando que solo aplica para propietarios que poseen actividades económicas en la Primera Categoría de la Ley sobre el Impuesto a la Renta (LIR), y contribuyentes en la Segunda Categoría del LIR, pero que tributan en la Primera Categoría.
En Chile hay cinco regímenes tributarios en la actualidad. Tras la Modernización Tributaria aprobada por la ley N°21.210 en 2020, se agregaron tres regímenes que se suman a los ya existentes, los cuales son Renta Presunta y Contribuyentes no sujetos al 14 de la LIR.
Los tres regímenes más nuevos, son exclusivamente para contribuyentes de la Primera Categoría, y se dividen en Pro Pyme General, Pro Pyme Transparente y Régimen General (Semi Integrado).
Aquí te explicaremos cómo funciona cada régimen tributario:
- Pro Pyme General: Este régimen está enfocado en micro, pequeñas y medianas empresas, y determina el monto tributario según ingresos percibidos y gastos pagados. Según el SII, están afectos al Impuesto de Primera Categoría (IDPC) con tasa del 25% y sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas.
- Pro Pyme Transparente: En este caso, la pyme queda liberada del impuesto de la Primera Categoría, pero los propietarios deberán tributar con sus impuestos finales, es decir con el impuesto global complementario o secundario.
- Régimen General Semi Integrado: Está dirigido a las grandes empresas, y están afectos al Impuesto de Primera Categoría con tasa del 27%, y están obligados a llevar una contabilidad completa. Sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación parcial (65%) del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten.
- Renta Presunta: Sólo para contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, de transporte y minería.
- Contribuyentes no sujetos al 14 de la LIR: Aplica para contribuyentes que deben llevar contabilidad completa y donde sus propietarios no se encuentren gravados con impuestos finales, consigna el SII.