Todo lo que tienes que saber de la Declaración Jurada este 2023
Estos documentos permiten concretar la Operación Renta 2023, es decir el impuesto anual que pagan los contribuyentes al SII, y en Inputsoft te presentamos qué declaraciones juradas hay que entregar y cuándo.

Comenzó marzo y las empresas comienzan a preparar los motores para la Operación Renta 2023, y así pagar el impuesto por las utilidades que se generaron durante el año comercial del 2022. Para ello, los contribuyentes deben entregar una serie de documentos al Servicios de Impuestos Internos (SII)

El primer paso es hacer la declaración jurada, pero ¿Qué es? En simples palabras, es un resumen de información contable de una empresa que necesita el SII, proceso que fue modernizado gracias a la Ley 21.210, la cual reformó el sistema tributario.

El plazo para entregar las diversas declaraciones juradas comienza desde el 1 de marzo hasta el 31 de junio de este año, para que las empresas puedan declarar oficialmente sus ingresos anuales a través de capital o trabajo.

Esta declaración varía dependiendo del tipo de contribuyente que uno sea, si es de primera o segunda categoría.

Contribuyente de 1° categoría: Es la empresa o persona natural sujeta al Impuesto de Primera Categoría, cuya tasa máxima es del 27%. Sin embargo, el % a pagar dependerá del tipo de Régimen Tributario al que pertenece la empresa.

Contribuyente de 2° categoría: Son las empresas sujetas al Impuesto Único de Segunda Categoría, que cobra a las rentas anuales igual o superiores al 13,5 UTA, llegando a un 40% por sobre la tasa imponible mensual.

Tipos de declaraciones juradas

Existen diversas declaraciones juradas que las empresas tienen que entregar al SII este 2023, y en Inputsoft te las queremos informar:

  • Declaración Jurada Nº1947: Es una de las más utilizadas, ya que corresponde a las empresas con el Régimen Pro Pyme Transparente y está enfocada en la base imponible de primera categoría. El plazo para entregar esta declaración es hasta el 30 de marzo, y se entrega con el Formulario 22.
  • Declaración Jurada Nº1948: Las empresas declaran sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, sujetas al Régimen General. El plazo de declaración es hasta el 14 de marzo.
  • Declaración Jurada Nº1887: Es la declaración jurada anual sobre rentas, del artículo °42 N°1, que son los sueldos, y otros componentes como la remuneración y retenciones del impuesto a la segunda categoría. El plazo para presentar esta declaración es el 28 de marzo.
  • Declaración Jurada Nº1879: Es otra de las declaraciones juradas comunes, sobre retenciones efectuadas conforme a los arts. 42° N°2 y 48° de la LIR, consigna el SII. El plazo de presentación es hasta el 28 de marzo también.
  • Declaración Jurada Nº 1835: Esta declaración jurada es sobre los bienes raíces arrendados, y el plazo máximo de presentación es hasta el 24 de marzo.

El formulario 22

Luego de realizar las declaraciones juradas, uno de los principales errores que les ocurre a los contribuyentes es que entregan el formulario 22 antes de las declaraciones juradas. “El formulario 22 es el documento que acredita que el contribuyente ha realizado y pagado los impuestos anuales”, define el SII.